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  • Se recomienda que el contribuyente sea el que realice el trámite de registro de usuario.
  • El contribuyente puede autorizar a un tercero para que le ayude con trámites en el sistema y le puede limitar los accesos.
  • En este período de transición se recomienda descargar, imprimir y tener en un lugar visible la declaración D140
  • Algunos nombres de declaraciones van a variar así como su numeración.
  • Algunos nombres de actividades económicas van a variar así como su numeración.
  • El sistema de conectividad mediante el cual se pagaban los impuestos en línea dejará de existir. Los pagos se realizarán agregando la cuenta IBAN de sus bancos y en caso de no querer hacerlo de esta forma podrá presentarse en la VENTANILLA del banco a reliazar sus pagos.
  • Se podrán fraccionar los pagos de impuestos, pero se pagarán intereses moratorios adicionales
  • Cada año será necesario la actualización de los datos de los usuarios, si pasada la fecha de actualización esta no se ha realizado el sistema colocará al usuario como inactivo.
  • Existirá un buzón electrónico donde el usuario recibirá comunicaciones y notificaciones, estás tendrán VÁLIDEZ LEGAL siendo obligatorio acatarlas.
  • En caso de dudas o comentarios Hacienda puso a disposición el siguiente número: (+506) 2539-4777